Novedades CESCO

Préstamo para reforma de fachada de edificio vinculado a un contrato de obra: ¿es un crédito al consumo sometido a la Ley 16/2011 o un crédito inmobiliario sujeto a la Ley 5/2019?

Manuel Jesús Marín López
Octubre 2026

Resumen: Al hilo de la STS 919/2026, de 16 de junio, se analiza si el préstamo destinado a reparar la fachada de un edificio está sometido a la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo, o a la Ley 5/2019, de contratos de crédito inmobiliario; y si los propietarios de las viviendas, ante el incumplimiento de la empresa contratista, tienen legitimación para reclamar contra ella, aunque el contrato de obra formalmente haya sido celebrado por la comunidad de propietarios, y no por los propietarios.

La protección de datos en el ámbito sanitario. ¿Cuál es el límite?

Blanca Aparicio Araque
Octubre 2026

Resumen:  A la luz de la STJUE C-474/24, de 14 de julio de 2026, se analizan los límites a la hora de publicar las sanciones derivadas del incumplimiento de la normativa antidopaje en el ámbito deportivo junto con el nombre del deportista sancionado, siendo preciso un análisis previo de proporcionalidad, teniendo en cuenta que estos datos están dotados de una protección especial.

Nulidad de la cláusula de intereses remuneratorios de una hipoteca inversa por un anatocismo no previsto en el contrato

José María Martín Faba
Octubre 2026

Resumen: El Tribunal Supremo considera nula por falta de transparencia la cláusula que fijaba el interés remuneratorio del 6,50 % de una hipoteca inversa, porque no contemplaba la capitalización de los intereses que, sin embargo, la entidad practicó durante la ejecución del contrato. Además, entiende que mantener dicho tipo eliminando únicamente el anatocismo supondría una reducción conservadora de una cláusula abusiva. A nuestro juicio, sin embargo, no existía un problema de falta de transparencia o abusividad de la cláusula de intereses remuneratorios. El anatocismo simplemente no estaba previsto en el contrato y, por tanto, era inexigible. La solución debía consistir en excluir la capitalización indebidamente practicada y mantener la cláusula de interés remuneratorio, que era perfectamente transparente.

La gran reforma de los viajes combinados: análisis de la Directiva (UE) 2026/1024 y el nuevo horizonte de protección al viajero

Lucía del Saz Domínguez
Octubre 2026

Resumen: El presente estudio analiza la reforma del régimen jurídico de los viajes combinados operada por la Directiva (UE) 2026/1024, de 29 de abril de 2026. Se examinan las innovaciones clave: la simplificación conceptual mediante la supresión de los servicios de viaje vinculados, la objetivación de la proporción significativa, la sincronización de reembolsos en la cadena de suministro B2B, el nuevo régimen garantista de los vales y el reforzamiento dinámico de la protección frente a la insolvencia.

El derecho de desistimiento no puede excluirse de las suscripciones de streaming que tienen carácter “dinámico”

Mª del Sagrario Bermúdez Ballesteros
Octubre 2026

Resumen: La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 9 de julio de 2026 constituye un paso importante en la interpretación del Derecho europeo de consumo en el ámbito de la contratación digital. El Tribunal de Justicia concluye que el derecho de desistimiento no puede excluirse en las suscripciones de streaming cuando la oferta del prestador presenta un carácter dinámico y se adapta al comportamiento del usuario.

Vulneración del régimen de precio fijo del libro en centros educativos: organismo competente y protección de la identidad del denunciante

María Zaballos Zurilla
Octubre 2026

Resumen: En el presente informe se resuelve una consulta planteada por la OMIC de Valdepeñas sobre la ilegalidad de comercializar libros de Educación Infantil en un colegio concertado con un descuento de hasta el 12 %, vulnerando el límite legal del 5 % establecido por la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas. En concreto se resuelven las siguientes cuestiones: En primer lugar, ¿a qué organismo se debe dirigir la denuncia? y, en segundo lugar, ¿está protegida la identidad del denunciante?

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