¿Constituye unidad funcional camión y remolque pertenecientes a distintos propietarios pero asegurados por la misma compañía aseguradora en el caso de reclamación por daños al remolque?
Pilar Domínguez Martínez
Mayo 2017
Resumen: Este estudio tiene por objeto el comentario de la SAP Zaragoza (Sec. 4ª) 28 noviembre 2016, según la cual, aunque a los efectos de proteger a los terceros perjudicados por un siniestro, cuando no sea posible determinar la responsabilidad, se haya considerado que una cabeza tractora y un remolque constituyen una unidad funcional, sin embargo, en los casos en los que el propietario de un elemento reclame al otro por entender que es responsable del daño, se rompe esa unidad para considerar cada elemento de forma independiente. Es por ello, que en los casos de reclamaciones por daños a la cabeza tractora o al remolque que perteneciendo al mismo propietario, se encuentren asegurados por distintas compañías, o que perteneciendo a varios se encuentren asegurados por la misma pero que como en el supuesto enjuiciado, uno de los propietarios hubiera concertado otro seguro, como una póliza multiriesgo con otra compañía distinta, el régimen de responsabilidad civil requiere un tratamiento específico que impide la consideración de ambas partes como unidad funcional.