Novedades CESCO

En los contratos electrónicos, el botón de pedido debe informar claramente al consumidor de la obligación de pago que asume, incluso si el pago depende de condiciones futuras

Mª del Sagrario Bermúdez Ballesteros
Septiembre 2024

Resumen: En la sentencia de 30 de mayo de 2024, Conny, (asunto C-400/22), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncia respecto al alcance de la obligación de información previa contemplada en el art. 8.2.II de la Directiva 2011/83/UE, sobre derechos de los consumidores (DDC). La citada norma impone al empresario que contrata en línea el deber de velar por que el consumidor sea consciente, antes de vincularse contractualmente (mediante la pulsación del botón o función correspondiente) de que al pulsar asumirá un compromiso de pago.

Determinación de la naturaleza contractual y validez de cláusulas limitativas en contratos de seguro con primas separadas

Pilar Domínguez Martínez
Septiembre 2024

Resumen: El Tribunal Supremo declara limitativa la cláusula de la póliza que anulaba todas las garantías tras el pago por invalidez absoluta por no cumplir con los requisitos de transparencia y claridad exigidos por la Ley de Contrato de Seguro, máxime en este caso, en el que se trata de dos contratos separados con dos coberturas diferentes. De esta forma, las coberturas de vida-jubilación e invalidez absoluta no se anulan entre sí. La separación contractual repercute en la protección del asegurado, al asegurar que las primas pagadas por cada cobertura sean respetadas y que las coberturas no sean indebidamente anuladas por cláusulas no transparentes.

Los modelos de «consentimiento o pago»: Dictamen 08/2024 sobre el consentimiento válido en el contexto de los modelos de consentimiento o pago aplicados por las grandes plataformas en línea

Blanca Aparicio Araque
Septiembre 2024

Resumen: A consecuencia del Dictamen 8//2024, aprobado por el Comité Europeo de Protección de Datos, referente a la oferta por parte de las grandes plataformas en línea  de acceso sin publicidad mediante el pago de una tarifa, la Agencia Española de Protección de Datos ha actualizado su guía sobre cookies, estableciendo que para que el consentimiento se otorgue libremente, el acceso a los servicios y funcionalidades no debe estar supeditado a la aceptación por el usuario del uso de cookies, lo que reivindica la imposibilidad de la utilización de los “muros de cookies” que no presenten una alternativa al consentimiento de las mismas.

Responsabilidad del fabricante por la venta de una piscina defectuosa

Lucía del Saz Domínguez
Septiembre 2024

Resumen: En estas páginas comentamos un supuesto reciente sobre la responsabilidad que asume el fabricante en virtud de un contrato por el que el consumidor concertó la instalación de una piscina de fibra de vidrio en su vivienda ante la aparición de defectos.

Cártel de camiones: ¿puede practicarse el emplazamiento de la sociedad matriz en el domicilio de la filial si ambas constituyen una unidad económica?

Teresa María Martín
Septiembre 2024

Resumen: La Sentencia del TJUE de 11 de julio de 2024 aborda la cuestión de la validez de las notificaciones judiciales transfronterizas en casos de reclamaciones por daños por infracción del Derecho de la competencia. El litigio se centró en si una notificación a la filial de Volvo en España era suficiente para emplazar a la matriz con sede en Suecia. La sentencia clarifica que, aunque ambas formen una unidad económica, las notificaciones deben realizarse directamente a la sociedad matriz, siguiendo las normas procesales vigentes, para garantizar la tutela judicial efectiva.

Centro de Estudios de Consumo
Universidad de Castilla-La Mancha
Vicerrectorado del Campus de Toledo y Relaciones Institucionales
Palacio del Cardenal Lorenzana
C/ Cardenal Lorenzana, 1
45071 – Toledo
Tel.: 925 26 88 00 – Ext.: 5018
Fax: 925 25 15 86
logocesco

Cofinanciado por:

  logo uclm 

logo colegio home   JCCM

01 Logos pie web

Copyright (C) 2017 Centro de Estudios de Consumo

Todos los derechos reservados

logocesco
DESIGN BY WEB-KOMP