José María Martín Faba
Junio 2026
Resumen: La STS 541/2026, de 9 de abril, declara válida una cláusula de permanencia de tres años en un contrato de mantenimiento de ascensores celebrado con una comunidad de propietarios y confirma la indemnización reconocida por la Audiencia Provincial por la resolución anticipada del contrato. El comentario sostiene que esta solución constituye una moderación encubierta de la cláusula penal, pues sustituye la pena contractualmente prevista por otra inferior sin declarar previamente abusiva la cláusula penal, en contra de la doctrina del TJUE sobre la prohibición de integración de las cláusulas abusivas.


