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Préstamos hipotecarios extrabancarios: el tipo de referencia no puede provenir de las estadísticas del BdE y un 13% TAE no es usurario

Alicia Agüero Ortiz y Marina García de León Navarro
Marzo 2026

Resumen: La STS de 21 octubre de 2025 reitera, siguiendo el criterio mantenido en la STS 257/2023 de 15 de febrero, que el tipo comparativo a efectos de usura en préstamos extrabancarios no puede ser el recogido en las estadísticas del Banco de España. Así, concluyó que una TAE del 13,80% en un préstamo hipotecario extrabancario no era usuraria pues los tipos medios aplicados a estos préstamos, según las estadísticas del Ministerio de Consumo, era del 16% al tiempo de la contratación.

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