Mª del Sagrario Bermúdez Ballesteros
Enero 2026
Resumen: Se remite a CESCO una consulta procedente del Servicio de Salud Pública de la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad de Guadalajara, relacionada con los requisitos y límites legales al ejercicio del derecho de admisión por parte de los titulares de establecimientos de esparcimiento y actividades recreativas.
La duda surge a raíz de una reclamación presentada por un ciudadano en la que indica que no le dejaron entrar a un local alegando derecho de admisión pero que, sin embargo, no estaban indicados los motivos para no permitirle la entrada.


