Lucía del Saz Domínguez
Enero 2024
Resumen: Con ocasión de una consulta recibida por parte de una OMIC castellanomanchega repasamos en qué consiste el derecho de desistimiento del contrato de viaje combinado reconocido en el art. 160 TRLGDCU y estudiamos la incidencia del concepto de «circunstancias inevitables y extraordinarias» en las consecuencias económicas del derecho de desistimiento del contrato de viaje combinado.


