Blanca Pérez Soberón
Marzo 2017
Resumen: La Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Álava ha declarado que es abusiva y por tanto nula la comisión por reclamación de posiciones deudoras inserta en las condiciones generales de la contratación impuestas por la entidad Kutxabank, por disponer una comisión por un servicio o gasto que no se presta al cliente, con infracción de los arts. 85.3, 85.6, 86, 87.5 y 89.3 de la LGDCU y el artículo 1.256 del Código Civil.


