Faustino Cordón Moreno
Diciembre 2022
Resumen: Mientras el adjudicatario de la vivienda debe instar el lanzamiento dentro del proceso de ejecución, quien la adquirió con posterioridad al margen del mismo tiene a su disposición el juicio de desahucio, en el cual el deudor ocupante puede alegar la aplicación de la Ley 1/2013