¿Cuándo el cierre de páginas web sin autorización judicial es ilegal?
Mª del Sagrario Bermúdez Ballesteros
Noviembre 2022
Resumen: La sentencia dictada por el Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo), el 3 de octubre de 2022, se pronuncia sobre la legalidad del cierre administrativo unilateral (sin orden judicial) de páginas web. Concretamente, son dos las cuestiones que se enjuician: (i) Si resulta necesaria la autorización judicial cuando la Administración acuerda la interrupción del acceso a una web por los operadores de las redes de telecomunicaciones que prestan servicio en España ante la constatación de una actividad ilegal, en particular, la venta por medios telemáticos de medicamentos no autorizados para su comercialización en nuestro país. (ii) El alcance que, en su caso, debe tener la medida, atendiendo a la complejidad de los contenidos de la página web.