Aplicabilidad de la Ley 57/1968 aun cuando la compraventa sobre plano tenga carácter internacional
Sheila Martínez Gómez
Noviembre 2022
Resumen: La entidad bancaria depositaria de las cantidades anticipadas está obligada a exigir al promotor la garantía prevista en la Ley 57/1968, aunque el inmueble se sitúe fuera de España y en el contrato de compraventa celebrado entre el promotor y el comprador se incluya una cláusula de sumisión a la ley extranjera.