Falta de transparencia de una cláusula suelo reducida por ausencia de expresión manuscrita
José María Martín Faba
Enero 2022
Resumen: El art. 6 Ley 1/2013 establece que la escritura de préstamo hipotecario que contenga una cláusula suelo debe incluir, junto a la firma del cliente, una expresión manuscrita por la que este manifieste que ha sido advertido de los riesgos derivados de la inclusión de dicha cláusula. La STS 893/2021 sostiene que la expresión manuscrita es también exigible en la novación por la que se reduce la cláusula suelo. En la presente nota se defiende lo contrario.