Si llega a su destino final a la hora inicialmente programada no tiene derecho a compensación
Lucía del Saz Domínguez
Julio 2020
Resumen: El TJUE aclara que la modificación en contra de la voluntad del pasajero de la reserva de uno de los vuelos que componen el transporte aéreo no otorga el derecho a compensación por denegación de embarque (previsto en el artículo 7 del Reglamento nº 261/2004) si llegara a su destino final a la hora inicialmente programada.